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TORTURAREN KONTRAKO TALDEA

TORTURAREN KONTRAKO TALDEA

Grupo contra la tortura de Santurtzi (Euskal Herria).

Martes, 14 de agosto de 2007

TAT homenajeará a Juan Calvo y a los miles de ciudadanos que han denunciado haber sido torturados.

Torturaren Aurkako Taldea homenajeará el próximo 19 de agosto a los miles de ciudadanos que han denunciado haber sido torturados durante sus detenciones. El acto estará especialmente dirigido a la memoria de Juan Calvo que murió en una comisaría de la Ertzaintza hace diez años.



Los portavoces del TAT Juan Karlos Ioldi y Nekane Txapartegi han comparecido ante la prensa en Bilbo para informar sobre el acto de homenaje a Juan Calvo y a otras víctimas de la tortura que tendrá lugar el domingo, día 19, en la plaza Santiago de la capital vizcaina a partir de las 19.30 de la tarde.

El homenaje estará especialmente dirigido a Juan Calvo coincidiendo con el décimo aniversario de su muerte que, tras ser detenido por la Ertzaintza, fue trasladado a Arkaute y falleció horas después.

"La versión oficial fue que murió por asfixia, y hubo una investigación judicial en la que fueron imputados varios ertzainas. El mando de ellos fue condenado a seis años de prisión pero posteriormente se rebajó su condena a un año sin conllevar pena de prisión", han denunciado.

CASO JUAN CALVO AZABAL.

Juan Calvo Azabal 42 urteko bilbotarraren kasua aurrekoena ez bezalakoa izan zen. Ez zuten inkomunikatu eta haren atxiloketak ez zuen oinarri politikorik. Ertzaintzak atxilotu zuen 1993ko abuztuaren 19an, eta Arkauteko egoitzara (Gasteizen) eraman ondoren, hantxe hil zen 20ko goizaldean. Prozedura judiziala ireki zen orduan, eta senideek akusazio partikular bezala jardun zuten, zailtasun handiekin egin ere, auziaren sumarioa isilpean eduki baitzuten hilabetetan, auziko argazkiak akusazio partikularrari eskuratzen utzi gabe. Autopsiak frogatu zuenez, poliziaetxeko ziegan gas batekin zipriztindu eta gas hura arnastearen ondorioz hil zen Calvo, eta hildakoarekin zerikusia izan zuten ertzain guztiak —zortzi edo bederatzi— auzipetu eta epaitu zituzten arren, atxiloketaren instruktorea eta idazkaria zigortu zituzten bakarrik, eta ez torturadelituagatik, zabarkeria profesionalagatik baizik. Ezarritako zigorrak ez zuen espetxeratzerik ekarri, eta ondoren Auzitegi Gorenera jo arren, zigorra ez zen aldatu.

En sentencia fechada el 30 de enero de 1996, el Tribunal Supremo modificó la sentencia de la Audiencia Provincial de Vitoria reduciendo, de seis a un año de prisión, la pena impuesta al inspector de la Ertzantza JOSÉ IGNACIO COUCEIRO CUADRA como autor de un delito de imprudencia temeraria que produjo la muerte de JUAN CALVO AZADAL en la comisaría de Arkaute el 20 de agosto de 1993. La misma sentencia mantuvo las penas impuestas a los demás agentes condenados en primera instancia : JUAN ANTONIO ARENAZA ARACAMA, AITOR ZUBIAGUIRRE FERNÁNDEZ DE GAMARRA, FRANCISCO JAVIER MUÑOZ MIRANDA, ROBERTO MARTÍNEZ DE ARENAZA GARCÍA DE ALBÉNIZ y ROGELIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ a los que se impuso penas de un año de prisión para cada uno de ellos, como autores de un delito de imprudencia temeraria. Igualmente se condenaba a los agentes autonómicos ya indicados, José I. Couceiro, Juan A. Arenaza, Aitor Zubiaguirre, Rogelio González y Roberto Martínez a penas de treinta días de arresto menor, para cada uno, como autores de una falta de lesiones en la persona del citado Juan Calvo, y a diez días de arresto menor, como autora de una falta de imprudencia simple, a la agente de la Ertzantza CRISTINA MARTÍN CANABAL. Los agentes del mismo cuerpo JESÚS ARANA ARAMBURU, EDUARDO FERNÁNDEZ OTAOLA, JOSÉ DELGADO DEL CAMPO y LUIS ÓSCAR BARBA GARCÍA, fueron por su parte absueltos de todos los cargos que contra ellos se presentaron.

Juan Calvo Azabal fue detenido a causa de un delito común, el 19 de agosto de 1993, después de haber robado un vehículo en la base de Arkanta de Alava. Trasladado a la Comisaría de Arkaute fue encerrado en un calabozo, donde ingresó preso de un fuerte estado de excitación mental, por lo que fue golpeado por varios agentes de la Ertzantza, quienes, además, utilizaron repetidamente, siempre en el interior del calabozo de reducidas dimensiones, unos spray paralizantes cuyos efectos los agentes no pudieron resistir por lo que abandonaron el calabozo en el que, a pesar de ello, dejaron encerrado a Juan Calvo, que poco después tuvo que ser ingresado en un hospital donde sólo pudieron certificar su muerte. La autopsia recogía la existencia de 22 contusiones en el cuerpo de Juan Calvo, 35 marcas producidas por porras, hematomas en testículos, dos heridas en la cabeza, diversas escoriaciones y otras marcas distribuidas por todo el cuerpo. Al mismo tiempo señalaba que la muerte se había producido por asfixia debido a los gases utilizados por los agentes policiales.

Con respecto a este caso, el Gobierno español envió copias de varios documentos relativos a una investigación realizada por el Ministerio Público y por el juez acerca de la muerte del Sr. Calvo, a diversos organismos internacionales, entre ellos al Relator contra la tortura de la ONU. Según esos documentos, la policía había tenido que emplear el pulverizador mencionado cuando la atacó el detenido, que trataba de escaparse. Al mismo tiempo, se le infligieron duros golpes. Se habían iniciado actuaciones judiciales contra ocho policías acusados de ser culpables de la muerte.

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