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TORTURAREN KONTRAKO TALDEA

TORTURAREN KONTRAKO TALDEA

Grupo contra la tortura de Santurtzi (Euskal Herria).

Sábado, 03 de diciembre de 2005

El TSJN absuelve a Pilar Rubio de proponer la muerte de Angel Berrueta.

El Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa (TSJN) ha decidido absolver a Pilar Rubio, que fue condenada por un jurado a diez años de cárcel por un delito de «proposición de asesinato» en la persona de Angel Berrueta. Rubio ­esposa y madre de los dos autores materiales de la muerte del panadero iruindarra y miembro de Gurasoak­ inició personalmente los incidentes registrados el 13 de marzo de 2004 que tuvieron ese trágico desenlace. Tras conocer el fallo del TSJN, el abogado de la familia Berrueta, Jokin Elarre, indicó que esta decisión constituye «una burla al tribunal del jurado».


La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa, presidida por Juan Manuel Fernández, hizo público ayer un auto en el que avanza que absolverá a Pilar Rubio de la condenadel delito de «proposición de asesinato» contra el vecino del barrio iruindarra de Donibane Angel Berrueta ­cometido por su marido, el policía Valeriano de la Peña, y su hijo Miguel José­, al tiempo que ordena que abandone la cárcel deLogroño en la que estaba ingresada. Rubio fue condenada a diez años de cárcel.

De este modo, el TSJN hace suya la petición del fiscal Javier Muñoz, que presentó un recurso reclamando la absolución de Rubio al considerar que no había quedado acreditado que la condenada incitara a su marido e hijo a dar muerte a Berrueta. En la vista del recurso, celebrado el pasado miércoles, Muñoz señaló que «alentar a cometer un acto no es nada jurídicamente», al tiempo que destacó que «sólo creó una situación de excitación en los que, posteriormente, fueron los autores materiales del hecho».

En esta vista Muñoz mantuvo la línea argumental que ya desarrolló en el juicio que se celebró en junio, cuando, a pesar de que varios testigos oyeron a Rubio gritar «vamos a matar a ese hijo de puta» mientras se dirigía junto a su marido e hijo al establecimiento del comerciante iruindarra, no presentó acusación contra ella.

El jurado popular, en cambio, atendió a las demandas de las acusaciones familiar y popular, en nombre de Gurasoak, y condenó a Rubio basándose en estos testimonios.

Críticas de la familia.

La actitud de Muñoz ha sido duramente criticada tanto por la familia Berrueta como por Gurasoak, colectivo al que pertenecía. El fiscal realizó unas declaraciones en las que calificaba la muerte de Berrueta de «riña entre vecinos» y trató de eliminar cualquier connotación política a los hechos, a pesar de que se produjeron tras el 11-M y a causa de su vinculación a la izquierda abertzale, como reconoció el jurado a la hora de aplicar a Valeriano y Miguel José de la Peña la agravante de «motivos ideológicos» en la condena por «asesinato».
La defensa de Pilar Rubio criticó la condena previa y acusó al magistrado Francisco Goyena de «inventarse el delito de proposición cuando en ningún momento se debatió durante el juicio».

Jokin Elarre, abogado de Gurasoak, señaló ayer a GARA que el auto y la futura sentencia del TSJN son «una burla al tribunal del jurado y a la decisión que adoptó después de unas extensas y complicadas deliberaciones».

Junto a ello, Elarre añadió que la única medida cautelar que prevé el auto contra Rubio, una orden de alejamiento de la familia de Berrueta, «es claramente insuficiente teniendo en cuenta los antecedentes».

Rubio protagonizó varios incidentes durante la celebración del juicio, así como en la vista del recurso, cuando comenzó a gritar a Elarre, por lo que tuvo que ser expulsada de la sala.

Asimismo, cabe recordar que la familia Berrueta ha sido objeto de reiteradas amenazas y daños contra sus bienes.

El propio auto del TSJN señala que «la condena, como autores del asesinato del señor Berrueta, de su marido e hijo y su privación de libertad desde entonces, pudiera llevar a Rubio a querer realizar actos lesivos o dañosos contra los familiares del difunto o sus bienes, bienes jurídicos éstos cuya indemnidad es preciso preservar».

Posible recurso al TS.

Jokin Elarre mostró la voluntad de las acusaciones de realizar una valoración de la sentencia cuando ésta se haga pública, «porque desconocemos los argumentos de la misma», aunque avanzó que tienen intención de convocar una manifestación en Iruñea en próximas fechas «para denunciar esta injusticia».

Preguntado por si existe la posibilidad de presentar un recurso contra esta sentencia, el letrado se mostró cauto hasta conocer el fallo en detalle y alertó del riesgo de que esta medida pudiera favorecer a los condenados Valeriano y Miguel José de la Peña.

En cualquier caso, este recurso tendría que presentarse en el Tribunal Supremo español, que sería la última instancia en esta causa.

Junto a ello, Jokin Elarre denunció que «una vez más, ha quedado claramente demostrado que en la Justicia española existen dos varas de medir muy diferentes en función de quiénes son los que acuden a los tribunales».

Los acontecimientos.

El crimen tuvo lugar sobre las 13:30 horas del día 13 de marzo de 2004, dos días después de los atentados del 11-M, cuando la mujer bajó a la tienda de la víctima, Angel Berrueta, de 60 años, para pedirle que colocara en el cristal un cartel con el lema "ETA no", a lo cual la víctima se negó.

Entonces la mujer subió a su domicilio, colindante con el comercio de la víctima, y explicó de forma "muy excitada" a su marido e hijo la discusión que había mantenido con la víctima, tras los que ambos bajaron a la tienda y, de "forma sorpresiva", el hijo le asestó una cuchillada para seguidamente el padre efectuarle cuatro disparos.

Los recursos.

En su recurso, el fiscal jefe del TSJN mantuvo que faltaba el primer requisito para aplicarle el delito de proposición, y en ese sentido añadió que no había quedado probado que ella "decidiera resueltamente cometer el delito, bien directamente o por terceros", tras lo que concluyó que "sólo creó una situación de excitación en los que posteriormente fueron los autores materiales del hecho".

En el mismo sentido se refirió la defensa de Pilar Rubio, quien, al igual que el fiscal, criticó la sentencia dictada por el magistrado ponente, Francisco Goyena, ya que, según recalcaron, "se inventó el delito de proposición" cuando en "ningún momento" se debatió durante el juicio

Asimismo, el letrado denunció las contradicciones del veredicto emitido por un jurado popular, contradicciones que, a su juicio, el magistrado "no supo resolver".

El veredicto.

Un jurado popular, compuesto por cuatro mujeres y cinco hombres, consideró culpables de un delito de asesinato con alevosía al policía nacional Valeriano de la Peña y a su hijo Miguel, tras lo que el magistrado les impuso 20 y 15 años de prisión.

Asimismo, los jurados consideraron culpable a Pilar Rubio de un delito de provocación, si bien el magistrado la condenó a 10 años de cárcel por un delito de provocación.

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