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TORTURAREN KONTRAKO TALDEA

TORTURAREN KONTRAKO TALDEA

Grupo contra la tortura de Santurtzi (Euskal Herria).

Lunes, 27 de junio de 2005

El Gobierno español remite a las Cortes el Protocolo contra la Tortura.

El Consejo de Ministros del estado español aprobó un Acuerdo por el que dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo facultativo de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, cuya firma fue autorizada por el Consejo de Ministros en su reunión de 23 de diciembre de 2004.


El Consejo de Ministros del estado español aprobó un Acuerdo por el que dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo facultativo de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, cuya firma fue autorizada por el Consejo de Ministros en su reunión de 23 de diciembre de 2004.

El Ejecutivo destacó que este Protocolo es, "quizás, el instrumento de derechos humanos más importante entre los que en la actualidad se encuentran pendientes de entrada en vigor", y señaló que su "firma y ratificación es reclamada con insistencia por la Unión Europea, por las principales ONGs y por otros sectores de la sociedad civil".

El presidente del Gobierno español, José Luis Rodríguez Zapatero, destacó que esta ratificación era una prioridad, en su discurso del pasado 21 de septiembre ante la Asamblea General de las Naciones Unidas.

El Protocolo, cuyo objetivo es establecer un sistema de visitas periódicas a cargo de órganos internacionales y nacionales independientes a los lugares en que se encuentren personas privadas de su libertad, "constituye un avance innovador dentro del sistema de Naciones Unidas para los Derechos Humanos", e incorpora dos novedades fundamentales que suponen importantes avances con respecto a los mecanismos de control y seguimiento previstos en la Convención de 1984.

VISITAS SIN PREVIO AVISO

Por un lado, explicó el Ejecutivo, introduce un sistema irrestricto de visitas sin previo aviso a cualquiera de las instituciones penitenciarias o centros de detención de los Estados parte.

El órgano encargado de realizar dichas visitas es el Subcomité para la Prevención de la Tortura, de nueva creación por el Protocolo. Este Subcomité, integrado por diez miembros, comunicará sus recomendaciones e informes en estricta confidencialidad al Estado afectado y al mecanismo nacional cuando fuera pertinente.

Sólo si el Estado parte rechazara cooperar, el Subcomité podrá hacer público el informe sin el consentimiento del Estado.

Este sistema de visitas, cuya efectividad ha sido puesta de manifiesto por la Convención Europea contra la Tortura, permite, en primer lugar, que las condiciones y procedimientos de detención sean examinados y se emitan recomendaciones sobre los mismos para que puedan ser mejorados con la mayor celeridad posible, argumenta el Gobierno.

Asimismo, añade, posibilita que se establezca un diálogo continuo con las autoridades públicas responsables de las detenciones, y, en cualquier caso, su mera existencia puede tener en dichas autoridades un efecto disuasivo.

MECANISMOS DE PREVENCION

Por otro lado, los Estados se comprometen a crear o mantener en sus respectivos ámbitos nacionales los denominados "mecanismos nacionales de prevención" para los que el Protocolo señala determinadas atribuciones y facilidades mínimas.

En cuanto a las disposiciones financieras, el Protocolo señala que los gastos que efectúe el Subcomité para la Prevención en la aplicación del Protocolo serán sufragados por las Naciones Unidas.

También se prevé la creación de un Fondo Especial, que podrá estar financiado mediante contribuciones voluntarias de los gobiernos, organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y otras entidades privadas o públicas.

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